La Compra-Venta
La Compra-Venta
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- Última actualización: Martes, 19 Enero 2021 20:04
- Escrito por Gerard
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La compra-venta en el mercado inmobiliario catalán.
¿Qué es importante a la hora de comprar una propiedad?
Hay cambios significativos para el mercado inmobiliario en la legislación catalana.
Actializado: 19.01.2021
AICAT: desde el 15 de septiembre de 2010, todos los agentes inmobiliarios en Cataluña que tienen una oficina pública o anuncian a través de Internet, deben estar registrados en el Registro Central de Barcelona con un número AICAT. Solo los agentes con este número son agentes legítimos, todos los demás son ilegales.
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Cédula de Habitabilidad: Desde el año 2008 se requiere un certificado de habitabilidad para que las viviendas en zonas urbanas y rurales se puedan vender o alquilar.
¿Quién necesita esta Cédula? Si en el Registro de la Propiedad se menciona un espacio como residencial, la Cedula es esencial para una compra o arrendamiento. También es necesario para obtener un suministro de agua y electricidad o para solicitar una hipoteca, independientemente de si la casa está en el campo o en la ciudad.
¿Quién recibirá la Cédula? Cualquiera que haya registrado su casa debidamente en el Catastro, pague impuestos por su hogar "habitable" y tenga un certificado que compruebe la habitabilidad.
Una vez que Ud. se haya decidido para una casa o un apartamento, entonces no debe temer, ya sea que haya una cédula o no, si la casa está legal o legalizada.
El tiempo entre la solicitud y entrega suele ser 1 mes, pero a veces puede ser de varios meses, dependiendo de eventuales requerimientos del Departamento de Habitatge.
¿Cómo se obtiene una cédula? Pregúntenos y le orientaremos.
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CEE: Dado que el 01.06.2014 es necesario para los espacios que se alquilarán o venderán, presentar un certificado de eficiencia energética, es el aislamiento del espacio vital y los esfuerzos para mantener este espacio con una temperatura agradable . Este informe se llama Certificado de la Eficiencia Energética o CEE.
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ITP: Es el 10% de impuesto de compra. Cada compra requiere un impuesto de transferencia de patrimonio. Actualmente en Cataluña se tributa un 10% sobre el contrato de compra declarado ante notario. Que si compra una propiedad por € 100,000, pagará € 10,000 además del impuesto de transferencia de propiedad.
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Plusvalía: Es un Impuesto municipal sobre el incremento del suelo urabano. OJO: se trata solo del suelo y no del edificio encima. Hoy en día, las viviendas en el campo han sido clasificadas como "urbanas". Esto significa que están encima de un suelo urbano. Si la casa en el registro de tierras está registrada como urbana, debe anunciar la venta al ayuntamiento antes de la cita notarial. También puede preguntar cuánto será pagadero.
Si una propiedad se vende por debajo del precio de compra, también debe especificar ésto. Una sentencia judicial ya justifica que no tendrá que pagar nada en caso de perdida... Pero en principio lo debe siempre primero pagar y luego intentar de reclamar. Desde diciembre de 2016, se ha realizado un ajuste de la "Plusvalía" debido a la crisis en España y, por lo tanto, se ajustará este impuesto.
Claro, si ha obtenido una ganancia, nada le acompaña en ahorrarse pagando este impuesto municipal. Los municipios calculan el monto a pagar con programas especiales. Los elementos básicos son el valor catastral, así como los años que la propiedad estuvo con el vendedor. El vendedor está obligado a pagar porque el valor añadido ha sido generado en el tiempo siendo él el propietario. Pero como la propiedad es responsable, en el caso de compra a No-Residentes los compradores retienen la cantidad correspondiente y garantizan el pago al municipio.
se actualizará cuando sea necesario!